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Funciones

El Consejo Regional de Cajamarca, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y aquellas que sean delegadas.

Esta integrado por dieciséis (16) consejeros, que representan a cada una de las trece provincias, y los tres consejeros que representan a la población perteneciente, a las comunidades nativas y pueblos originarios; todos ellos elegidos en la Región Cajamarca, por voto directo en sufragio universal y de acuerdo a Ley N° 26859 – Ley Orgánica de Elecciones.

FUNCIONES:

FUNCIÓN NORMATIVA:

Comprende el debate y la aprobación de Ordenanzas Regionales y Acuerdos de Consejo Regional, así como su interpretación, modificación y derogación, en concordancia con los procedimientos establecidos por la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y el presente Reglamento. Comprende asimismo el debate y aprobación de las modificaciones al Reglamento Interno.

FUNCIÓN FISCALIZADORA:

Alcanza a la ejecución y desarrollo de la administración pública del Gobierno Regional y sus dependencias; la realización de investigaciones, el debate y la aprobación de acuerdos sobre los actos funcionales de las autoridades, funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional Cajamarca; la fiscalización de los actos de la administración Regional que desempeñan los Consejeros Regionales es irrestricta, directa y no será condicionada a ningún dispositivo que no sea el presente reglamento.

La fiscalización sobre el uso y la disposición de bienes y recursos públicos; el cumplimiento por parte del Presidente Regional del Plan de Desarrollo Regional Concertado y del Presupuesto Participativo y cualquier asunto de interés público regional.

Las Funciones de Fiscalización las desempeña en forma individual, a través de las Comisiones Ordinarias, Investigadoras, Especiales, o mediante acuerdos con lo que dispone que la Administración Regional le informe sobre aquellos asuntos que demandan su intervención.

FUNCIÓN REPRESENTATIVA

El Consejo Regional, representa a la Región Cajamarca. Los Consejeros Regionales individualmente y según corresponda, representan a cada una de las siguientes provincias: Cajamarca, Cajabamba, Celendín, Contumazá, Chota, Cutervo, Hualgayoc, Jaén, Santa Cruz, San Miguel, San Marcos, San Pablo y San Ignacio.

ESTRUCTURA ORGÁNICA:

El Consejo Regional se organiza de la Siguiente manera:

  • El Pleno
  • La Presidencia del Consejo Regional.
  • La Mesa Directiva
  • Las Comisiones.

ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL

Planificación del desarrollo y presupuesto

  • Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del gobierno regional.
  • Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional.
  • Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal.
  • Aprobar el Plan Regiona de Desarrollo de capacidades humanas y el programa de desarrollo institucional.
  • Aprobar los estados financieros y presupuestarios.

Promoción del desarrollo económico y la competitividadPromoción del desarrollo económico y la competitividad

  • Aprobar el programa de promoción de inversiones y exportaciones regionales.
  • Aprobar el Plan de Competitividad Regional, los acuerdos de cooperación con otros gobiernos regionales e integrar las estrategias de acciones macro – regionales.

Gestión y Control Institucional

  • Aprobar su reglamento interno.
  • Fijar la remuneración mensual del Presidente y Vicepresidente y las dietas de los Consejeros.
  • Declarar la vacancia y suspensión del Presidente, Vicepresidente y los Consejeros.
  • Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional.

Gestión financiera y comercial

  • Autorizar, conforme a Ley, las operaciones de crédito interno y externo incluidas en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y solicitadas por el Presidente Regional.
  • Las operaciones de crédito externo se sujetan a la Ley de Endeudamiento Público.
  • Proponer la creación, modificación o supresión de tributos regionales o exoneraciones, conforme a la Constitución y la Ley.
  • Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional.Aprobar la creación, venta, concesión o contratos, disolución de sus empresas y otras formas empresariales, bienes y/o activos regionales, conforme a la Constitución y la Ley.

Iniciativa legislativa

  • Proponer ante el Congreso de la República las iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia.

Participación ciudadana

  • Definir la política permanente del fomento de la participación ciudadana.

Política de frontera

  • Proponer y desarrollar acciones de integración fronteriza de conformidad con los Convenios y Tratados Internacionales, en acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores.